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sábado, 14 de junio de 2008

Lo que Usted quería saber sobre la facturación en Venezuela

La factura es una nota que emite el vendedor, la cual contiene una descripción de los bienes vendidos o los servicios prestados al comprador, especificando así, la calidad, el precio, especie y cantidad del mismo.

Tipos de Facturas

Dentro de ellas podemos encontrar las siguientes:

Formatos y formas libres.

Facturas de exportación.

Facturas de máquinas fiscales.

Facturas emitidas en el extranjero.

En Venezuela existen providencias que especifican las normas generales para la emisión de facturas, entre ellas tenemos las providencias 591 y 592. Cada una de éstas tiene un objeto específico. La primera, establece las normas para emitir facturas, órdenes de entrega o guías de despacho, notas de débito y notas de crédito. Con respecto a la segunda, ésta especifica las normas referidas a las imprentas y máquinas fiscales para elaborar facturas, así como otros documentos.

Deberes formales y sanciones referidas a la facturación

Existen diversos deberes formales, así como sus respectivas sanciones, las cuales se mencionan a continuación:

  • Emitir facturas o documentos equivalentes a los clientes:

· Omitir la emisión de facturas o documentos equivalentes: Este deber tendrá como consecuencia una sanción de 1 U.T. por cada una de las facturas o documentos equivalentes no emitidos hasta 200 U.T. por cada período fiscal, y si el monto total de excedente de 200 documentos en un período será sancionado adicionalmente con clausura del local entre 1 y 5 días continuos (Artículo 101 del Código Orgánico Tributario).

· Omitir total o parcialmente los requisitos exigidos: La sanción será de 1 U.T. por cada factura o documento equivalente no entregado hasta un máximo de 150 U.T. por cada período fiscal. (Artículo 101 del Código Orgánico Tributario).

· Emitir facturas o documentos equivalentes mediante máquinas fiscales o medios tecnológicos que no reúnan los requisitos exigidos: Se procede al cierre del establecimiento.

· Emitir facturas o documentos equivalentes cuyo monto no coincida con el correspondiente a la operación real: La respectiva sanción estará entre 5 U.T. y 50 U.T. (Artículo 101 del Código Orgánico Tributario).

  • Facturas recibidas de los proveedores de bienes y servicios:

· No exigir las facturas que soportan la adquisición de bienes y servicios: La sanción puede estar entre 1 U.T. y 5 U.T. (Artículo 101 del Código Orgánico Tributario).

· Recibir facturas o documentos equivalentes cuyo monto no coincida con el correspondiente a la operación real: La sanción puede estar entre 5 U.T. y 50 U.T. (Artículo 101 del Código Orgánico Tributario).

· Omitir total o parcialmente los requisitos exigidos de las facturas o documentos equivalentes recibidos: La sanción será de 1 U.T. por cada factura o documento equivalente no entregado hasta un máximo de 150 U.T. por cada período fiscal o posible pérdida del derecho a la deducción del crédito fiscal, dependiendo del requisito omitido.



Providencia de Facturación. Cambios más Importantes. Casos de discusión Problemas de Aplicación. www.ciemi.org.ve/ciemi/FACTURACION_mayo2008.pdf

La validez de una factura comercial
www.terra.com.ve/paginaslegales/articulo/html/ple37.htm

jueves, 15 de mayo de 2008

IMPUESTO A LA GANANCIA SÚBITA

La propuesta del presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela Hugo Chávez Frías de cobrar un impuesto a la industria petrolera, ya fue analizada y aprobada por el ministro del Poder Popular para la Energía y Petróleo, Rafael Ramírez.

Esta idea fue solicitada por el presidente de la republica en su programa dominical Aló presidente en las instalaciones de la industria petrolera Petromonagas (Estado, Anzoátegui)

El presidente de la republica ha decidido aplicar este impuesto debido a las ganancias excesivas que se han presentado por la venta del petróleo, en los últimos meses, ganancias que no tienen contabilizadas las empresas extranjeras presentes en el país e incluso la propia estatal PDVSA.

En estos últimos años el precio del crudo ha venido aumentando de 50 Dólares el barril a 80 Dólares y ha alcanzado hasta los 100 dólares el barril. Esto tiene su origen en factores que son ajenos a las inversiones o esfuerzos extraordinarios, es decir, el incremento del precio del crudo no es producto del aumento de los costos operativos.

Las cifras en promedio del barril de petróleo que se presentaron a principios de este año son altas comparadas con las cifras de años anteriores, y con la prevista como referencia en el presupuesto del 2008.

Según el ex ministro de Energía y Minas, Álvaro Silva, en años anteriores se intento aplicar el impuesto selectivo sobre las ganancias excedentarias solo que esta no fue institucionalizada.

El Impuesto a la ganancia súbita, será regido por la ley de contribución especial sobre precios extraordinarios del mercado internacional de hidrocarburos. Se cobrara a las industrias petroleras una alícuota del 50% si el barril de crudo supera los 70 Dólares y un 60% si el precio del barril esta por encima de los 100 Dólares.

Esta ganancia servirá para financiar misiones, programas y proyectos de desarrollo social, del poder comunal y de infraestructura. Misiones como la misión 13 de Abril que elevara el nivel de vida de las comunidades. Estos recursos serán destinados al FONDEM (Fondo de Desarrollo Nacional).

Esta contribución es un ingreso extraordinario y eventual que depende de la fluctuación de los precios del petróleo y que es difícil predecir si el próximo año tendrá pertinencia.


Agencia Bolivariana de Noticias (ABN) 17/02/2008.
http://www.aporrea.org/energia/n109255.html

Gobierno Nacional anuncia impuesto de ganancia súbita a empresas petroleras.
http://www.rnv.gov.ve/noticias/index.php?act=ST&f=4&f=63470

Financiara Misión 13 de Abril. Impuesto a ganancia petrolera será ley de de Contribución Especial.
http://www.rnv.gov.ve/noticias/index.php?act=ST&f=2&f=65439

Las comunidades integradas serán beneficiadas.
http://www.rnv.gov.ve/noticias/index.php?act=ST&f=4&f=65493

Impuesto a la Ganancia Súbita espera publicación en gaceta para comenzar a ser cobrado.
http://www.radiomundial.com.ve/yvke/noticias.php?4787

sábado, 26 de abril de 2008

ACCIONES DEL SENIAT

En Venezuela, el órgano encargado de la administración tributaria nacional es el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Éste en su función de ente recaudador y regulador, ha establecido y llevado a cabo una serie de planes enfocados en mejorar la recaudación y disminuir el contrabando, entre los que se destacan el Plan Evasión Cero y Contrabando Cero, los cuales tienen como objetivo primordial mejorar la calidad de vida de los venezolanos.

El Plan Evasión Cero se encarga de disminuir los índices de evasión fiscal, en otras palabras, el incumplimiento de las obligaciones tributarias. Se han realizado diferentes mecanismos para lograr que dicho plan sea lo más eficaz posible, entre éstos podemos mencionar, la concientización a los contribuyentes y a la población mediante la información, orientación, publicidad, divulgación y charlas; además, la realización de un concurso denominado la Factura Premiada, cuyo objetivo es motivar a los consumidores a que exijan sus respectivas facturas. Otro de los mecanismos aplicados es la integración tecnológica, la cual permite simplificar procedimientos, es decir, reducir los trámites burocráticos para la recaudación, ya que los contribuyentes podrán hacer fácilmente y de forma personalizada, sus respectivas declaraciones vía Internet; a su vez, el SENIAT podrá hacerles un seguimiento y de esta manera reducir los niveles de evasión fiscal; y por último, las sanciones aplicadas por el incumplimiento de las obligaciones tributarias estipuladas en el Código Orgánico Tributario.

El Gerente de recaudación del SENIAT, Frank Bermúdez, señaló que la meta propuesta para el año 2007 fue superada en un 106.4%, gracias a los 21,56 millardos de bolívares fuertes que aportó este tributo a la Tesorería Nacional, lo cual demuestra que el esfuerzo realizado por el SENIAT ha generado sus frutos.

En teoría, a mayor recaudación de tributos, mayor capacidad para garantizar el mejoramiento de la calidad de vida de la población venezolana, debido a que una parte de los ingresos recibidos por este órgano, estará destinada a “cubrir las necesidades de la sociedad”, aunque, actualmente no se evidencia que las condiciones de vida de las personas hayan mejorado notablemente, esperando así que los organismos encargados cumplan con lo prometido.

Con respecto al Plan de Contrabando Cero, éste fue propuesto por el Ejecutivo Nacional para responder a las denuncias realizadas por los empresarios derivadas del daño provocado a la economía nacional por el comercio ilegal de algunos productos. Algunos de los mecanismos aplicados para llevar a cabo este plan, es la conformación de de un batallón especial (militar), encargado de evitar el contrabando de productos en la nación.

En general, el plan que ha tenido mayor auge y desarrollo eficiente ha sido el Plan Evasión Cero, debido a todas las acciones implementadas por el SENIAT, específicamente al aplicar sanciones en materia tributaria, ya que muchos locales han sido sancionados mediante multas y clausuras.

Bibliografía:

Oficina de Divulgación Tributaria y Aduanera. (2008). Superintendente Vielma Mora: El SENIAT se lanza a las calles para motivar a los contribuyentes a declarar por Internet el ISLR..[Homepage]. Consultado el día 22 de abril de 2008 de la World Wide Web:

http://www.seniat.gov.ve/seniat/images/productos/evasioncero/evasioncero71.pdf

Henríquez, A. (21 de abril de 2008). SENIAT se encuentra en la calle realizando intensos operativos de fiscalización y supervisión. El Nacionalista.[Homepage]. Consultado el día 22 de abril de 2008 de la World Wide Web: http://elnacionalista.com.ve

Prensa Web RNV (11 de enero de 2008). “Es muy fácil y rápido”. Vielma Mora invita a contribuyentes a declarar ISLR por Internet.[Homepage]. Consultado el día 21 de abril de 2008 de la World Wide Web: http://www.rnv.gov.ve/noticias/index.php?act=ST&f=4&t=58859

Portal Tributario (1 de noviembre de 2007). SENIAT prepara Plan de Cobranzas 2008. .[Homepage]. Consultado el día 20 de abril de 2008 de la World Wide Web: http://www.tributos.com.ve

http://es.wikipedia.org/wiki/SENIAT

martes, 22 de abril de 2008

Expectativas de la Materia

Esperamos adquirir los conocimientos necesarios relacionados para nuestro desarrollo profesional mediante las herramientas proporcionadas en Legislación Fiscal Venezolana, referidas a procesos de fiscalización, tributos, procedimientos, leyes vinculadas en la materia, entre otras.
Nos parece que la metodología aplicada por la profesora es la más acertada e idónea para comprender esta asignatura que es muy importante para nosotros.